Pensión alimentaria: proponen cese automático a los 18 años
Un proyecto de ley sobre pensión alimentaria será analizado por la Cámara de Diputados y plantea el cese automático de la manutención al cumplir 18 años. La iniciativa busca modificar el artículo 189 del Código de la Niñez y la Adolescencia en Paraguay.
La propuesta, impulsada por los diputados Jatar “Oso” Fernández y Hugo Meza (ANR), establece que la obligación de pago termine el mismo día en que el hijo alcance la mayoría de edad. El planteamiento elimina la necesidad de una resolución judicial para dejar de pagar.
El proyecto será tratado en sesión prevista para el martes y se encuentra en su primer trámite legislativo. Hasta el momento, no cuenta con dictámenes de comisiones, y en caso de ser aprobado pasará al Senado.
¿Qué cambia con el cese automático de la pensión alimentaria?
Los proyectistas sostienen que la normativa actual genera una desventaja para los alimentantes. Argumentan que, pese a que la ley fija el fin de la obligación a los 18 años, el pago continúa hasta que exista una resolución judicial.
Según el texto, esto responde a la morosidad del sistema judicial. Señalan que los procesos no siempre se resuelven dentro de los plazos legales, lo que obliga a seguir pagando aun cuando la obligación debería haber cesado.
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El proyecto establece que la pensión alimentaria “decaerá de pleno derecho el día que el alimentado cumpla la mayoría de edad, inclusive sin mediar resolución judicial”. También dispone que cesen las medidas impuestas contra el alimentante.
Datos oficiales y sanciones vigentes
De acuerdo con la Corte Suprema de Justicia, en 2025 se registraron 2.101 personas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Redam). De ese total, 2.071 son hombres y 30 mujeres.
Además, la Fiscalía reportó 6.672 denuncias por incumplimiento del deber legal alimentario en el mismo periodo. Estas cifras reflejan la dimensión del problema en el país.
El proyecto mantiene la obligación de pagar deudas atrasadas. Es decir, las cuotas pendientes deberán seguir siendo abonadas, incluso si el beneficiario ya cumplió 18 años.
El Código Penal Paraguayo prevé sanciones por incumplimiento del deber alimentario. Las penas pueden llegar hasta cinco años de prisión, dependiendo del caso y de la existencia de una resolución judicial previa.
Fuente: ABC Color
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