Tribunal revoca sentencia de expolicía por feminicidio
Un Tribunal de Apelación decidió anular la sentencia dictada contra un exagente policial en un caso de feminicidio que conmocionó a la comunidad. La resolución, emitida por un panel de tres magistrados, dejó sin efecto la condena de 15 años de prisión que se había impuesto al acusado por la muerte de una reconocida docente.
El caso, que se remonta al año anterior, involucra a José Carlos Morel, un oficial retirado de la fuerza policial, quien fue hallado responsable del fallecimiento de María Isabel Vega Arana. El incidente, que tuvo lugar en la localidad de Loma Pyta, había sido calificado como feminicidio por el tribunal de primera instancia, generando una ola de indignación entre los familiares de la víctima y diversos sectores de la sociedad.
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La decisión de revocar la sentencia fue adoptada por los jueces José Waldir Servín, Cristóbal Sánchez y Agustín Lovera Cañete, quienes conforman la Tercera Sala del Tribunal de Apelación Penal. Esta resolución se produjo tras la admisión de un recurso interpuesto por el representante del Ministerio Público, Luis Caballero Velazco, y la abogada de los allegados de la víctima, Norma Graciela Thomen, quienes habían manifestado su descontento con la pena inicialmente impuesta.
El fallo original había sido dictado de manera unánime por un tribunal integrado por los jueces Lourdes Garcete, Manuel Aguirre y Rossana Maldonado. En aquella oportunidad, se determinó que existía una relación afectiva entre el acusado y la víctima, y que el crimen se habría perpetrado como consecuencia de la negativa del imputado a aceptar la ruptura de dicho vínculo. No obstante, esta versión fue refutada por el progenitor de la docente fallecida, quien aseveró que no existía tal relación sentimental.
La defensa del exagente policial había argumentado que el incidente se produjo en el contexto de un intento de suicidio por parte del acusado, motivado por problemas financieros. Según su testimonio, la víctima habría intentado impedir que se quitara la vida, lo que habría desencadenado los fatídicos acontecimientos. Sin embargo, estas alegaciones no lograron convencer al tribunal de primera instancia, que optó por calificar el hecho como feminicidio.
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Con la anulación de la sentencia, se ordenó la realización de un nuevo juicio oral para reconsiderar la pena. Esta decisión generó expectativas entre los familiares de la víctima y diversos grupos que abogan por una justicia más severa en casos de violencia de género.
Fuente: Última Hora.
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