Judiciales

Inculpan a Actuaria Judicial para beneficiar causa de Ramón González Daher

En agosto de 2023 salió a la luz un grave caso de vulneración del sistema JUDISOFT de la CSJ. La carátula del expediente de la causa “Ramón Mario González Daher sobre Testimonio Falso” fue modificada. La entonces Actuaria del juzgado, Abog. Juliana Romero Maciel, fue acusada como responsable del hecho.

Abogada Juliana Romero Maciel.

La informatización de las causas del Poder Judicial prometía transparencia y garantías para todos los ciudadanos sometidos al sistema de justicia del país. El ex presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alberto Joaquín Martínez Simón había manifestado que apuntaba a una justicia transparente que tenga como herramienta fundamental la tecnología con ayuda de los expedientes electrónicos.

Sin embargo, el 31 de agosto de 2023 la Abog. Juliana Romero Maciel se presentó ante la Unidad Especializada de Delitos Informáticos con el fin de realizar una denuncia sobre el supuesto hecho punible de Acceso Indebido a Sistemas Informáticos ocurrido el 16 de agosto de 2023, sindicando como supuesto autor a persona innominada. Inmediatamente, la Fiscal Silvana Otazú de la Unidad Especializada de Delitos Informáticos comunicó al entonces Juez Penal de Garantías 12, Matías Garcete, el inicio de las investigaciones preliminares en la causa abierta a partir de la denuncia realizada.

Esta vulneración del sistema JUDISOFT no es un caso aislado. El Tribunal de Sentencias de la Capital, conformado por la Abog. Fabian Weinsensee, como presidente, y las Abog. Candida Fleitas y Laura Ocampos como miembros, resolvió por unanimidad condenar al Abog. Víctor Eduardo Denis Mario a 2 años de prisión con suspensión de la ejecución de la condena por alterar 4 expedientes a través de la plataforma online de la CSJ.

Actuaria presentó denuncia 

Relato del hecho

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La carátula del expediente de la causa “Ramón Mario González Daher sobre Testimonio Falso”, No. 1075/2021 fue modificada el 16 de agosto de 2023 a las 09:16h desde el usuario “jul_romero”, asignado a la Abog. Juliana Romero Maciel en el marco del desempeño de sus funciones como Actuaria, cambiándose el número de causa, año y carátula, quedando el nombre del expediente como “Arnaldo Joel Duré sobre Estafa” No. 2310/2017.

De acuerdo a Romero Maciel esta modificación fue realizada desde su usuario sin su conocimiento, por lo que  decidió presentar la denuncia correspondiente a fin de que se investigue y se esclarezca el caso, ya que no solo afectaba su credibilidad como funcionaria, sino que también ponía en duda la seguridad y confiabilidad del sistema JUDISOFT. 

Inicialmente, el Juez Penal de Sentencia 21, Abog. Darío Báez, exjefe de Romero Maciel, dio su visto bueno para la realización de denuncias ante las diferentes dependencias del Poder Judicial: Dirección General de Tecnología de la Información y la Comunicación (TIC); Dirección de Reacción Inmediata de Auditoría de Gestión de Casos; Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia; y Dirección de Seguridad Interna. 

Sin embargo, el Juez Báez se opuso rotundamente a que se realizara la denuncia ante el Ministerio Público; llamativa reacción de quien debería ser el más interesado en saber quién vulneró el sistema afectando una causa en su Juzgado. 

A pesar de la oposición de su jefe inmediato, Romero Maciel realizó la denuncia ante el Ministerio Público para dejar sentada su voluntad de esclarecimiento a fin de evitar que su nombre y su carrera se vieran manchados por lo ocurrido.

Antecedentes del Juez Darío Báez

Como Juez de Sentencia, votó junto al Juez Elio Ovelar (jubilado) por la absolución de culpa y reproche del ex ministro de Urbanismo, Vivienda y Hábitat Dany Durand Espínola, del proceso por declaración jurada falsa. Este fallo que intentó “beneficiar” a Dany Durand fue anulado el 25 de julio pasado, por el Tribunal de Apelación Penal.

El Juez Darío Javier Báez también integró el Tribunal de Sentencia que con su voto y el de su entonces colega Elio Ovelar absolvió a un acusado de un caso de presunta coacción sexual y violación de una menor de 15 años de edad. Nuevamente, el fallo fue anulado el pasado 6 de julio por la Cámara de Apelaciones, que dispuso la realización de un nuevo juicio oral y público.

Igualmente, resolvió absolver de culpa y reproche del hecho punible de enriquecimiento ilícito de G. 10 mil millones al exfiscal general del Estado Francisco Javier Díaz Verón y a su esposa María Selva Morínigo, por el hecho de lavado de dinero, a quienes la fiscalía acusó y pidió la aplicación de penas de 8 y 5 años, respectivamente.

Tras dar a conocer la sentencia, el Juez Darío Báez cuestionó el trabajo de los peritos, acusándolos de mentirosos, pidiendo que sean procesados por testimonio falso y hasta pidió disculpas a los procesados.

Según la declaración jurada presentada por el Juez de Sentencia, Darío Báez cuenta con un patrimonio neto de G. 6.306.578.060, lo que serían USD 857.581 al cambio actual.

Entre 2010 y 2015 Darío Báez se desempeñó como Concejal del Limpio por el Partido Colorado, e incluso aparece en fotos en campaña con el expresidente Horacio Manuel Cartes Jara, actual titular de la Asociación Nacional Republicana.

Denuncias presentadas por la Abog. Juliana Romero Maciel, ex actuaria del Juzgado de Sentencia 21.

Varias diligencias fueron solicitadas por la afectada al momento de la denuncia ante el Ministerio Público el 31 de agosto de 2023, entre ellas la pericia de las computadoras del Juzgado de Sentencia 21 y de su teléfono celular. 

Sin embargo, la Fiscalía hizo caso omiso a lo solicitado, constituyéndose en la Secretaría a cargo de Romero Maciel recién el 26 de setiembre de 2023, veintiséis días después de realizada la denuncia, incautando una sola computadora, que según los informes está supuestamente asignada a la imputada en esta causa. Esta demora en el actuar de la Fiscalía dio tiempo a que varios funcionarios informáticos del Poder Judicial manipularan ese equipo en diversas ocasiones, tal como refieren en sus declaraciones el informático Rodrigo Rodríguez y el propio Juez del Juzgado, Darío Báez. 

Cabe señalar que en el Juzgado obran sólo tres computadoras para seis funcionarios, por lo que una sola no es de uso exclusivo de ninguno de ellos, pudiendo haberse manipulado exclusivamente el equipo que supuestamente fuera asignado a Juliana Romero Maciel. Por lo tanto, esta manipulación del equipo incautado por la Fiscalía bien podría no arrojar resultados exactos en la pericia.

Para comprender el proceso de asignación de causas, es importante describir lo establecido por la Ley Orgánica del Ministerio Público Nº 1562/22 y la Ley 1286/98 Código Procesal Penal, las cuales establecen que la Acción Penal Pública la ejerce el Ministerio Público, quien tiene la obligación de individualizar e identificar las causas o denuncias ingresadas.

Por lo tanto, al  realizarse el sorteo, el sistema informático asigna automáticamente la Circunscripción, Jurisdicción, Origen, Dependencia, Año y Nº de entrada. Igualmente, en el ámbito de causas Penales Públicas en el Poder Judicial, el Fiscal de la causa realiza el sorteo correspondiente a través del sistema informático en línea a fin de determinar el Juzgado Penal de Garantías asignado automáticamente por el sistema.

Dicho esto, se llega a lo dispuesto por la Acordada 9/1935 que en sucesivas modificaciones, actualmente establece la forma de modificación de Carátula, la cual indefectiblemente debe realizarse a través de resolución fundada por el Juez de la causa. La ley 6207/2019 del Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación establece que cada institución o poder del Estado debe contar con un departamento de TIC que asista y realice los cambios ordenados por el Juez. Estos cambios deberán ser notificados a través de un oficio electrónico a TIC a fin de que dicha dependencia proceda a realizar el cambio correspondiente.

Sin embargo, la propia Dirección de TIC del Poder Judicial divulga libremente a terceros los nombres de usuarios y habilita el cambio de contraseña de dichas cuentas vulnerando de esta manera la seguridad no solo del sistema, sino del funcionario a cuya cuenta pudo ingresar un tercero para realizar modificaciones bajo la responsabilidad del titular. 

En el Acta de Declaración Testimonial de fecha 14 de noviembre de 2023, la Jueza del Tribunal de Sentencia 22, Abog. María Luz Martínez Vázquez, manifestó a la Fiscal Ruth Karina Benítez que no se explicaba cómo se pudo hacer desaparecer una causa y trajo a colación la interrogante de si los actuarios tienen atribuciones en su usuario para hacerlo, a lo cual la afectada en esta causa, Romero Maciel, ya había respondido tajantemente que no contaba con dichas atribuciones. Esta confirmación está respaldada por las disposiciones de las normas más arriba citadas.  

Extracto de la declaración de la Jueza del Tribunal de Sentencia 22, Abog. María Luz Martínez Vázquez:

Prosigue la investigación con la intervención de Peritos correspondientes a las áreas de Informáticos y Acústica e Imágenes del Laboratorio Forense del Ministerio Público. La Fiscal Ruth Karina Benítez designa como perito de la causa a Juan Pablo Otazú Sánchez, quien se encargó de examinar las imágenes del circuito cerrado del pasillo de ingreso al Juzgado de Sentencia 21 del Poder Judicial.

Fiscala Ruth Karina Benítez.

La conclusión arrojada por el perito fue que el día en que supuestamente ocurrieron los hechos, específicamente el 16 de agosto de 2023, solamente se visualiza a los funcionarios Juliana Romero Maciel, Delio Osmar Toledo, Marcos Tadeo González Gamarra y Patricia Paola Núñez en los horarios comprendidos de 07:00 a 15:00. 

Sin embargo, en la misma copia del circuito cerrado que le fuera entregada a la afectada Juliana Romero Maciel, aparecen otras tres personas en reiteradas ocasiones: Patricia Aurora Soloaga en tres ocasiones; Sofía Belén Quintana en dieciséis ocasiones; y Nahir María Betarram Villagra en treinta y tres ocasiones. 

Consecuentemente, la defensa de Romero Maciel presentó un escrito tanto ante el Ministerio Público como ante el Juzgado de la causa solicitando la nulidad del peritaje realizado, argumentando la omisión de las personas señaladas, lo cual resultó sumamente llamativo para Romero Maciel y su abogado defensor.

Inexplicablemente, ni el actual Juez de la causa, José Agustín Delmás, ni la Fiscal Ruth Karina Benítez, tomaron en cuenta este importante señalamiento continuando así el proceso con claras lagunas procesales. 

Esta situación llevó a la Abog. Juliana Romero Maciel a estar con prisión preventiva y actualmente con arresto domiciliario. Siendo ella, el eslabón menos poderoso en la estructura judicial a cargo del caso. 

Consecuencias de la vulneración del expediente

Tras este evento, los abogados de Ramón González Daher recusaron al juez de sentencia Darío Báez, argumentando falta de independencia y opinión. La última modificación de la causa fue el 06 de marzo de 2024, el Tribunal de Sentencia N° 39 dictó que se recalendarícese la fecha de juicio oral y público en la causa para los días 21, 22, 23, 24 y 25 de julio del 2025, a las 07:30 horas, siendo la titular en la causa a la Jueza Laura Beatriz Ocampos Fernández.

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Es importante recalcar que, además de esta y otras causas, RGD enfrenta un proceso penal junto a su abogada Emma González Ramos,  por hurto y quebrantamiento de depósito por la desaparición de cheques registrada en la secretaría del juzgado a cargo del magistrado Humberto Otazú, González Daher pretendía cobrar por esos cheques y es por ello que fue imputado por quebrantamiento de depósito y extorsión. El caso fue elevado a juicio oral y público. Lo que podría señalar que el usurero tiene tentáculos en el Poder Judicial y el Ministerio Público, que sirven para chicanear sus causas.

Continuará…