Judiciales

Gustavo Florentín es condenado a 24 años de cárcel por matar a Rodrigo Quintana

El suboficial Gustavo Adolfo Florentín Silva fue sentenciado a 24 años de cárcel tras ser declarado culpable del homicidio doloso del dirigente liberal Rodrigo Quintana en 2017.

Gustavo Florentín ingresa a la sala de juicio oral y público, para escuchar la sentencia por el crimen de Rodrigo Quintana. Gentileza

El Tribunal de Sentencia presidido por la jueza Lourdes Garcete declaró culpable por unanimidad al suboficial de la Policía Nacional Gustavo Adolfo Florentín Silva por el homicidio doloso del dirigente liberal Rodrigo Quintana Arrúa, imponiéndole una condena de 24 años de cárcel. El crimen ocurrió durante el violento atropello a la sede del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) en la madrugada del 1 de abril de 2017.

La sentencia, que cierra parcialmente uno de los casos más emblemáticos de violencia institucional en Paraguay, fue dictada tras un extenso juicio oral donde el Ministerio Público, representado por los fiscales Hernán Galeano y Marlene González, logró demostrar la responsabilidad directa del uniformado en el disparo que segó la vida del joven dirigente político durante la represión policial.

Los magistrados Rossana Maldonado y Manuel Aguirre, junto a la presidenta del Tribunal, consideraron probados los argumentos presentados por la Fiscalía, que vincularon de manera irrefutable a Florentín con el disparo mortal. La jueza Garcete subrayó durante la lectura de la sentencia que se demostró con absoluta claridad la responsabilidad del suboficial en el homicidio, descartando la teoría alternativa planteada por la defensa. “rdn”

Un elemento clave en la decisión judicial fue el análisis físico químico de las cinco armas utilizadas durante el operativo, que permitió descartar la hipótesis de que el suboficial Arnaldo Báez hubiera sido el autor del disparo fatal, como sostenía la defensa de Florentín. Los estudios forenses determinaron que el arma de Báez solo contenía balines de goma, incompatibles con la herida letal que provocó la muerte inmediata de Quintana.

La cronología de los hechos establecida por el Tribunal señala que a las 00:33 del 1 de abril de 2017, Florentín junto a otros efectivos policiales llegaron a la sede partidaria e ingresaron violentando la puerta principal del edificio, donde se encontraba refugiado un grupo de manifestantes tras las protestas ocurridas en el centro de Asunción. El contexto político era especialmente tenso debido al incendio de la sede del Congreso Nacional horas antes, durante las manifestaciones contra el proyecto de enmienda constitucional que buscaba habilitar la reelección presidencial de Horacio Cartes.

Un aspecto destacado en el fallo judicial fue la irregularidad en la participación de Florentín en el operativo. La magistrada Garcete enfatizó que el condenado no tenía ninguna orden escrita para participar del operativo y que tampoco contaba con autorización formal para el retiro del arma utilizada. Gustavo Florentín dejó la sede de la Comandancia, desconocemos por orden de quién, expresó la jueza, señalando un vacío crítico en la cadena de mando que autorizó el atropello al local partidario.

Entre los agravantes considerados por el Tribunal para establecer la pena se encuentra el incumplimiento de los protocolos establecidos en el reglamento de la Policía Nacional, especialmente significativo dado que Florentín contaba con especializaciones en manejo de disturbios. Los magistrados también valoraron la situación de peligro innecesario a la que el uniformado expuso a quienes se encontraban en el lugar. Un grupo de personas que está corriendo de espaldas, de ninguna manera se puede sostener que ofrece peligro a una persona que está prestes a hacer un disparo. No existe ninguna causa que justifique la conducta del acusado, sentenció Garcete.

Tanto la Fiscalía como la querella, representada por los abogados Rossana Figueredo Villalba y Virgilio Ramón Ramírez Redes en nombre de Leticia Redes, madre de la hija de Quintana, habían solicitado una pena de 25 años de prisión para el uniformado. Los fiscales fundamentaron su petición en el artículo 105 inciso 2° numeral 2 del Código Penal, que prevé hasta 30 años de cárcel para este tipo de homicidios calificados. Sin embargo, consideraron como atenuantes la juventud del acusado, de 31 años, y su paternidad sobre una niña de tres años.

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La condena a Florentín, si bien representa un avance significativo en la búsqueda de justicia para la familia de Rodrigo Quintana, deja pendientes interrogantes fundamentales sobre la cadena de responsabilidades institucionales detrás del operativo policial. El caso evidencia las graves consecuencias de la violencia estatal desproporcionada y la fragilidad de los controles internos en las fuerzas de seguridad paraguayas. Aún queda sin respuesta la pregunta central: ¿Quién ordenó el violento ingreso a la sede partidaria que culminó con una muerte que conmocionó al país?

La sentencia marca un precedente importante en materia de responsabilización individual de agentes estatales por abusos cometidos en contextos de represión política, pero el desafío pendiente para el sistema judicial paraguayo es avanzar hacia el esclarecimiento de las responsabilidades de mando que permitieron que se desencadenara la tragedia aquella madrugada de abril de 2017, cuando la democracia paraguaya enfrentaba una de sus crisis más severas de los últimos años.

Fuente: ABC Color