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Escándalo ANDE: Prescribe causa contra Heisele por millonario fraude

Un nuevo capítulo de impunidad se abre en Paraguay tras la prescripción del caso contra Carlos Heisele, expresidente de la ANDE, acusado de un perjuicio millonario al Estado.

Carlos Heisele Sosa, ex titular de la ANDE.

El sistema judicial vuelve a generar polémica tras declarar la prescripción del proceso penal por lesión de confianza contra Carlos Heisele, expresidente de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE). La Cámara de Apelaciones, con votos favorables de los camaristas Andrea Vera Aldana y Cristóbal Sánchez, determinó que el tiempo transcurrido desde la comisión del presunto delito supera el plazo establecido por la ley, resultando en el sobreseimiento definitivo del acusado y dejando sin efecto un caso que involucraba un perjuicio estimado de más de 9.000 millones de guaraníes al Estado paraguayo.

La controvertida decisión no contó con unanimidad, pues el camarista José Waldir Servín se manifestó en disidencia. Según establece el voto mayoritario, el último cheque entregado por Heisele y otros procesados fue emitido el 2 de agosto de 2013, por lo que al cumplirse diez años —el doble del plazo establecido para el hecho punible acusado— la causa prescribió automáticamente el 2 de agosto de 2023, cerrando toda posibilidad de continuar con el proceso judicial.

Esto no significa que se trate de una vía para la impunidad, sino una garantía de concluir un proceso penal en un tiempo razonable, argumentó la camarista Andrea Vera en su exposición de motivos, justificación a la que se adhirió el camarista Cristóbal Sánchez. El fallo sostiene que la prescripción opera como una extinción del derecho punitivo del Estado y representa una garantía judicial del plazo razonable como elemento fundamental del debido proceso. Esta declaración imposibilita ahora a los operadores de justicia emitir o ejecutar un veredicto definitivo debido al excesivo paso del tiempo.

La causa había avanzado significativamente el año pasado cuando fue elevada a juicio oral y público, decisión que fue inmediatamente recurrida por la defensa del expresidente de la ANDE, encabezada por el abogado Guillermo Duarte Cacavelos. La estrategia defensiva cuestionó aspectos procedimentales de la elevación, cuestiones que ya no fueron analizadas por la Cámara al declararse la prescripción del proceso, cortando de raíz cualquier posibilidad de juicio.

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El Ministerio Público, a través del fiscal Leonardi Guerrero, había construido un caso sólido contra Heisele y sus coacusados, René Adilio Aranda y Ángel Javier Galeano Barrientos, quienes también resultaron beneficiados con el sobreseimiento definitivo. La acusación sostenía que, bajo la administración de Heisele en diciembre de 2018, se otorgaron indemnizaciones notoriamente infladas a diecisiete propietarios de inmuebles ubicados dentro de la franja de dominio destinada a la construcción de la Línea 500 kV, infraestructura eléctrica que conecta la represa de Itaipú con la ciudad de Villa Hayes, en el Chaco paraguayo.

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Las investigaciones fiscales revelaron un esquema de pago excesivo por estas indemnizaciones. Según los cálculos presentados por el Ministerio Público, la ANDE debía desembolsar aproximadamente 3.000 millones de guaraníes como compensación justa a los propietarios afectados. Sin embargo, bajo la gestión de Heisele, la institución pagó más de 9.400 millones de guaraníes, generando un perjuicio patrimonial superior a los 6.400 millones a las arcas del Estado paraguayo.

Este caso se suma a una larga lista de procesos judiciales por corrupción que terminan en la impunidad debido a maniobras dilatorias y aprovechamiento de tecnicismos legales. La prescripción, aunque constituye una garantía procesal legítima, se ha convertido en Paraguay en una herramienta frecuentemente utilizada por acusados de delitos económicos, especialmente aquellos vinculados a la administración pública. El resultado es un debilitamiento sistemático de la confianza ciudadana en las instituciones encargadas de impartir justicia y combatir la corrupción.

Fuente: Judiciales.net