El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) resolvió por unanimidad absolver al exfutbolista brasileño Dani Alves del delito de agresión sexual, revocando así la condena de cuatro años y seis meses de prisión que había sido dictada por la Audiencia de Barcelona en febrero de 2024. La decisión fue adoptada tras detectar inconsistencias y falta de pruebas suficientes que permitan sostener la sentencia condenatoria.
El caso se remonta a diciembre de 2022, cuando Alves fue acusado de haber agredido sexualmente a una joven en un baño privado de la discoteca Sutton, en Barcelona. Según el relato de la denunciante, el hecho ocurrió sin su consentimiento, lo que motivó la apertura de un proceso penal. El exjugador fue detenido y permaneció en prisión preventiva durante más de un año, hasta obtener la libertad provisional mediante el pago de una fianza.
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La Sección de Apelaciones del TSJC consideró que existieron vacíos y contradicciones en la reconstrucción de los hechos, especialmente al comparar el testimonio de la víctima con las imágenes registradas por cámaras de seguridad. El tribunal señaló que estas imprecisiones impedían alcanzar el estándar probatorio necesario para confirmar la culpabilidad del acusado.
En su resolución, el TSJC explicó que no se pudo superar el principio de presunción de inocencia y que, pese a no confirmar la versión ofrecida por la defensa, tampoco se acreditó de forma concluyente la hipótesis acusatoria. Además, se cuestionaron elementos clave de la sentencia original, como la interpretación de una herida en la rodilla y el contexto del encuentro entre ambas partes.
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Por otro lado, se dejó sin efecto la totalidad de las medidas cautelares impuestas, entre ellas la prohibición de salida del país y las restricciones de movilidad. Aunque la resolución aún no es firme, marca un giro procesal importante en el caso.
La defensa de Dani Alves celebró la decisión como una reivindicación judicial, mientras que la acusación particular aún no confirmó si interpondrá un recurso ante instancias superiores.
Fuente: Infobae