El juez penal de garantías de Pedro Juan Caballero, Juan Martín Areco, rechazó el pedido de desestimación presentado por la Fiscalía en la causa que investiga las circunstancias de la muerte del diputado colorado Eulalio “Lalo” Gomes, ocurrida el 19 de agosto de 2024 durante un operativo policial.
Mediante el Auto Interlocutorio (AI) N° 218, el magistrado imprimió trámite de oposición al planteamiento realizado por los fiscales Luis Said y Christhian Ortiz, de la Unidad Especializada en Lucha contra el Narcotráfico y Crimen Organizado de Asunción, y Celso Morales de Pedro Juan Caballero, quienes solicitaban el cierre de la causa abierta contra efectivos de las Fuerzas de Operaciones Policiales Especiales (FOPE).
⚖️Juez se opone a desestimar investigación del caso «Lalo»
Fiscalía insiste en blanquear causa
El juez de Amambay Martín Areco Torraca, resolvió dar trámite de oposición al requerimiento de desestimación solicitado por los fiscales Celso Morales, Christian Ortíz y Luis… pic.twitter.com/fUBy01mXlM
— Roberto Pérez (@robertoperezpy) March 14, 2025
Los fiscales habían solicitado la desestimación de la investigación contra el subcomisario Carlos Darío García y el suboficial Pablo Torales, tras analizar los elementos probatorios y considerar que la conducta de ambos durante el operativo no constituyó hecho punible alguno.
El magistrado Areco, sin embargo, fundamentó su decisión en “la gravedad de la misma, la complejidad de la misma a causa de la multiplicidad de diligencias a ser realizadas y cotejadas dentro del proceso y no solamente por una parte”. Añadió que las pruebas “deben ser controladas en forma conjunta, armónica por un órgano jurisdiccional y las otras partes del proceso”.
Elementos suficientes para continuar la investigación
En su resolución, el juez Areco señaló que, tras un análisis pormenorizado de las constancias registradas en el expediente y en la carpeta fiscal, “esta magistratura no se encuentra de acuerdo con el criterio asumido por el Ministerio Público, en el sentido de la desestimación de la presente investigación fiscal”.
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El magistrado sostuvo que de las diligencias llevadas a cabo, incluidos los anticipos jurisdiccionales de prueba solicitados por el Ministerio Público, “han surgido suficientes elementos de sospecha de la existencia del hecho punible y la participación de efectivos policiales intervinientes en el procedimiento policial”.
Estas sospechas, según el juez, “necesariamente deben ser contrastados, discutidos y debatidos ampliamente dentro de un proceso penal, garantizando de esta forma los derechos constitucionales, legales y procesales de las partes” involucradas en el caso.
Es importante recordar que Eulalio “Lalo” Gomes Batista estaba siendo investigado por presunto lavado de activos provenientes del narcotráfico en el marco del caso denominado Pavo Real Py II al momento de su fallecimiento.
Versión de la viuda y reconstrucción de los hechos
Entre las pruebas analizadas por la fiscalía se encuentra la declaración testifical de Joana Izabel Rodrígues Gomes, esposa del fallecido diputado. Según su relato, el 19 de agosto de 2024, aproximadamente a las 02:55 horas, se despertó para realizar oraciones cuando escuchó ruidos en su domicilio.
La mujer declaró que al percatarse de que habían ingresado a su vivienda, despertó a su esposo, quien tomó su arma de fuego del ropero. Gomes habría abierto una de las puertas de la habitación que da al garaje para luego volver a cerrarla, mientras se escuchaban pasos y voces en voz baja.
Según el testimonio, el diputado le pidió a su esposa que se escondiera, por lo que ella ingresó al baño y cerró con llave la puerta. Desde allí, escuchó varios disparos. Posteriormente, golpearon la puerta y le dijeron: “Señora es la Policía Nacional”.
Rodrigues añadió que, al abrir la puerta, una mujer policía uniformada y enmascarada la hizo arrodillarse y apuntó un arma a su cabeza. Al girar su cabeza, vio el cuerpo de su esposo ensangrentado y sin vida.
Análisis fiscal sobre legítima defensa rechazado por el juzgado
Los fiscales habían analizado en su requerimiento los elementos objetivos y subjetivos del presunto “homicidio doloso”, concluyendo que fue el subcomisario Carlos García quien efectuó los disparos que causaron la muerte de Eulalio Gomes con un fusil Colt M4, del cual se recuperaron cinco vainas servidas calibre 5.56×45.
El Ministerio Público consideró que la conducta del policía estaba amparada por la legítima defensa como causa de justificación, al enfrentarse a una situación donde Gomes presuntamente disparó primero contra los efectivos policiales.
Para los fiscales, se reunían los presupuestos necesarios de la legítima defensa: situación de conflicto (agresión presente), idoneidad de la acción para resolver el conflicto, necesariedad y proporcionalidad de la acción. Concluyeron que “la acción realizada por el Sub Crio. Carlos Darío Garcia Valenzuela que consistió en disparar contra una persona que, a su vez, estaba disparando contra él, estaba amparada por una causa de justificación”.
Sin embargo, el juez Areco consideró que estos elementos deben ser analizados en un proceso más amplio que permita el debate y contraste de todas las pruebas disponibles, con participación de todas las partes afectadas.
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La decisión del magistrado implica que la investigación sobre las circunstancias de la muerte del diputado Gomes continuará su curso, permitiendo un análisis más exhaustivo de los hechos ocurridos durante el operativo policial del 19 de agosto.
El caso ha generado especial atención por tratarse de un legislador que estaba siendo investigado por presuntos vínculos con el narcotráfico, en un contexto donde las operaciones contra el crimen organizado en la zona fronteriza han cobrado especial relevancia en la agenda de seguridad nacional.
Fuente: ABC Color