La Cámara de Apelaciones declaró inadmisible la solicitud de prórroga extraordinaria presentada por las fiscales Patricia Sánchez y Laura Giacummo en la causa contra el expresidente de la Caja de Jubilaciones, Bernabé Peralta Antúnez, y otros miembros de su administración. Los imputados enfrentan cargos por lesión de confianza y cobro indebido de honorarios.
Según los jueces del Tribunal, el pedido de prórroga, presentado el 14 de noviembre de 2024, fue extemporáneo. El plazo legal establecido en el artículo 326 del Código Procesal Penal (C.P.P.) requiere que estas solicitudes se realicen al menos 15 días hábiles antes de la fecha fijada para la presentación del requerimiento conclusivo, que en este caso era el 4 de diciembre de 2024. Por tanto, la solicitud debía haberse presentado como máximo el 13 de noviembre, lo que resultó en su rechazo.
El caso involucra a Bernabé Peralta y a los miembros del consejo de administración de la Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal: Juan Arístides Amarilla, René Medina, Luis Alberto Caballero, Venancio Díaz y Viviana Brioschi. Los cargos se originan en irregularidades durante las elecciones de 2019, en las que resultó ganador el Movimiento de Acción y Servicio (MAS), liderado por Peralta.
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Según la imputación, los acusados habrían incurrido en prácticas que derivaron en perjuicios económicos a la institución, incluyendo el cobro indebido de honorarios. Además, se investigan acciones que podrían constituir actos de lesión de confianza en la gestión de los recursos de la Caja.
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La decisión de la Cámara de Apelaciones genera un nuevo revés en el proceso judicial, que ha estado marcado por cuestionamientos al manejo administrativo y financiero de la Caja. El rechazo de la prórroga obliga al Ministerio Público a presentar su requerimiento conclusivo en el plazo establecido.
Este caso subraya la importancia de cumplir con los procedimientos legales y los plazos procesales, especialmente en causas de alto perfil donde se investigan posibles actos de corrupción y daño al patrimonio público.
Fuente: El Observador
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