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Proyecto de Ley: Exoneración de fe de vida para jubilados y pensionados del IPS

El Senado analizará un proyecto que exime a jubilados del trámite presencial de fe de vida, promoviendo métodos electrónicos para su validación.

A finales de agosto el IPS sometió a un calvario a los jubilados para realizar el trámite sobre fe de vida, que luego decidió aplazar su vencimiento por 90 días. SILVIO ROJAS

La Cámara de Senadores de Paraguay analizará en su próxima sesión ordinaria el proyecto de ley que exime a jubilados y pensionados de la obligación de presentarse físicamente en las oficinas del Instituto de Previsión Social (IPS) para demostrar que se encuentran con vida. Esta medida busca facilitar los trámites para adultos mayores, quienes, en muchas ocasiones, enfrentan dificultades para cumplir con esta exigencia.

La propuesta surge tras el resurgimiento de una resolución del 2018, que en agosto pasado generó controversia al reactivar la presencialidad para validar la fe de vida. Esta normativa provocó críticas por las dificultades que representaba para los jubilados, muchos de ellos de edad avanzada, quienes debían movilizarse hasta las sedes del IPS en un plazo limitado para realizar este trámite.

El proyecto de ley presentado por legisladores opositores resalta la necesidad de implementar alternativas que permitan comprobar la supervivencia de los jubilados y pensionados sin imponerles desplazamientos físicos. La normativa propone utilizar el “Sistema de Intercambio de Información” entre instituciones públicas y otras modalidades electrónicas. De esta forma, la validación de la fe de vida se haría de manera automatizada, sin cargar la responsabilidad en los beneficiarios.

De aprobarse, esta ley aportaría varios beneficios. En primer lugar, ahorraría tiempo y recursos a los jubilados y pensionados al eliminar la necesidad de trasladarse, un proceso que, además de ser costoso, implica un desgaste físico para personas mayores. La medida también busca fomentar la eficiencia al promover el uso de sistemas electrónicos, en concordancia con la Ley 6562/20, que impulsa el gobierno electrónico en el país.

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La transparencia es otro de los pilares de la propuesta. Los registros electrónicos generados mediante estos sistemas reducirían la posibilidad de manipulación y errores. Asimismo, se espera un aumento en la participación ciudadana al facilitar el acceso a procesos gubernamentales y eliminar barreras burocráticas.

Los legisladores han señalado que, si bien la implementación de estos sistemas requerirá una inversión inicial y ajustes en los procedimientos, la solución no puede consistir en cargar más obligaciones a los jubilados. La propuesta resalta que la responsabilidad de resolver estos desafíos recae en las autoridades y hacedores de políticas públicas, no en los beneficiarios.

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El proyecto busca modificar el artículo 39 de la Ley N° 430, que regula las pensiones complementarias del IPS. La modificación establece que el control de supervivencia debe ser realizado a través de trámites simplificados y no presenciales, utilizando herramientas como los registros administrativos y visitas domiciliarias aleatorias, entre otros medios idóneos.

La aprobación de esta ley significaría un paso hacia la modernización de los servicios del IPS y reflejaría un compromiso con la accesibilidad y la dignidad de los jubilados y pensionados.

Fuente: ABC Color