El juez de Garantías especializado en Delitos Económicos, Rodrigo Estigarribia, admitió este viernes la desestimación de la denuncia presentada contra Alejandro “Tratito” Ovelar, hijo del senador cartista Silvio “Beto” Ovelar. La decisión se formalizó a través del Auto Interlocutorio Nº 331, mediante el cual se resuelve dejar sin efecto la causa por cobro indebido de honorarios, administración en provecho propio y tráfico de influencias.
La resolución del magistrado se basa en el requerimiento fiscal N.° 20 de fecha 1 de julio de 2024, presentado por los fiscales Diego Arzamendia, Jorge Luis Arce Rolandi y Francisco Cabrera. En el documento, los representantes del Ministerio Público solicitaron la desestimación de la denuncia al no encontrar suficientes pruebas que respalden las acusaciones contra Ovelar.
La Fiscalía argumentó que no existen elementos que demuestren el hecho punible de cobro indebido de honorarios. Según los fiscales, no se pudieron establecer sospechas que indiquen que Alejandro Ovelar, conocido como “Tratito”, haya percibido remuneraciones no justificadas, ya que se encontraba cumpliendo con las funciones para las que fue designado por disposición administrativa.
En cuanto a la acusación de administración en provecho propio, los fiscales concluyeron que las evidencias recabadas no sustentan la hipótesis de un aprovechamiento indebido de los recursos del Estado. Asimismo, se descartó la posibilidad de tráfico de influencias, ya que no se hallaron indicios que conecten a Ovelar con actos que pudieran constituir dicho delito.
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El juez Estigarribia, tras revisar los argumentos presentados por la Fiscalía, consideró que no existían elementos suficientes para continuar con el proceso judicial en contra de Alejandro Ovelar. Por lo tanto, decidió admitir la desestimación de la causa y cerrar la investigación en su contra.
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En respuesta, los fiscales encargados del caso defendieron su decisión de solicitar la desestimación, afirmando que el Ministerio Público actuó conforme a los principios de objetividad y transparencia, considerando únicamente las pruebas disponibles.
Fuente: ABC Color
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