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RUN: Cambios en la fijación de valores fiscales inmobiliarios

El proyecto de ley del RUN asignará a la DNIT la tarea de establecer los valores fiscales inmobiliarios, reemplazando a Catastro.

Vista del microcentro de Asunción. Natalia Daporta

El proyecto de ley que crea el Registro Unificado Nacional (RUN) establece una nueva institucionalidad que modificará cómo se determinan los valores fiscales utilizados como base para calcular el impuesto inmobiliario. Este proyecto, presentado recientemente al Congreso, fue elaborado conjuntamente por el Poder Ejecutivo y la Corte Suprema de Justicia, reflejando un esfuerzo coordinado entre ambos poderes para su aprobación legislativa.

El RUN surge de la fusión de tres entidades clave: la Dirección General de los Registros Públicos, bajo la Corte Suprema de Justicia; la Dirección General del Servicio Nacional de Catastro, dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); y el Departamento de Agrimensura y Geodesia, adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC). Con esta integración, el RUN asumirá responsabilidades cruciales en la gestión de registros públicos y catastrales en el país.

Uno de los cambios más significativos que introduce el RUN es la reasignación de la tarea de fijar los valores fiscales de los inmuebles. Actualmente, esta función recae en la Dirección de Catastro del MEF, que utiliza datos del Banco Central del Paraguay (BCP) para ajustar los valores fiscales según la inflación anual. Sin embargo, con la implementación del RUN, esta responsabilidad pasará a la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), según lo establece el proyecto de ley.

El proceso actual de fijación de valores fiscales implica la evaluación y recomendación por parte del MEF, que luego es elevada a la Presidencia de la República para la emisión de un decreto en diciembre. Estos valores fiscales son fundamentales, ya que constituyen la base imponible sobre la cual se calcula el impuesto inmobiliario que las municipalidades recaudan cada año.

Con la creación del RUN, el artículo 60 de la Ley N° 125/91, Régimen Tributario del Paraguay, será modificado. La redacción propuesta en el proyecto de ley establece que la base imponible estará constituida por la valuación fiscal de los inmuebles determinada por la DNIT, en lugar del Servicio Nacional de Catastro. Esta valuación se dividirá en inmuebles urbanos y rurales, y seguirá siendo aprobada anualmente por el Poder Ejecutivo mediante decreto.

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El cambio de responsabilidad hacia la DNIT representa una transformación en la administración tributaria del país, centralizando la función en una entidad que integrará información catastral para fijar los valores fiscales. Este nuevo marco busca optimizar la precisión y eficiencia en la determinación del impuesto inmobiliario, un tributo clave para los gobiernos locales.

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Este proyecto, de ser aprobado, no solo cambiará las leyes vigentes en materia catastral y tributaria, sino que también alterará el panorama administrativo de los impuestos inmobiliarios, afectando directamente a los contribuyentes y a las municipalidades que dependen de estos ingresos.

Fuente: ABC Color