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DNIT impondrá sanciones por incumplimiento tributario desde septiembre

Contribuyentes del IVA y IRP enfrentan sanciones desde el 1 de septiembre si no cumplen con la RG 90/2021, según la DNIT

La DNIT cuenta actualmente con 1.155.409 contribuyentes en todo el país. Foto: Gustavo Machado

El plazo de gracia otorgado por la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) para que los contribuyentes del IVA, IRP y otros cumplan con la Resolución General N° 90/2021, vence este 31 de agosto. A partir del 1 de septiembre, quienes no hayan cumplido con el registro electrónico de comprobantes de ventas, compras, ingresos y egresos, estarán sujetos a sanciones.

La disposición de la administración tributaria, encabezada por el director nacional Óscar Orué, exige la confirmación del talón de presentación del registro de comprobantes, correspondiente a los ejercicios fiscales 2022, 2023 y el primer semestre de 2024. Este requisito ha generado preocupación en diversos gremios de contadores, quienes han solicitado una prórroga para el cumplimiento de esta obligación.

La petición fue formalizada mediante una nota dirigida al titular de la DNIT el 26 de agosto, en la cual se argumenta que problemas técnicos en los sistemas de facturación electrónica y Marangatu dificultan el cumplimiento en tiempo y forma. La nota, firmada por Lilian Torres, directora de Meridiano Asociación con Capacidad Restringida, cuenta con el respaldo de varias asociaciones de contadores del país.

Entre los principales inconvenientes mencionados por los contadores se encuentran la imposibilidad material de procesar información retroactiva y los constantes errores en la recepción y validación de documentos electrónicos a través del Sistema de Facturación Electrónica (Sifen). Según el documento, estos problemas escapan del control de los contribuyentes, lo que justifica la solicitud de una extensión del plazo hasta el 31 de diciembre.

A pesar de estos reclamos, Óscar Orué ha dejado en claro que no se otorgará una nueva prórroga, reafirmando que las sanciones previstas se aplicarán a partir del 1 de septiembre. Esto significa que los contribuyentes que no hayan confirmado la información requerida en el sistema Marangatu estarán sujetos a multas por contravención.

El rechazo de los documentos electrónicos por parte del Sifen debido a errores técnicos, como firmas digitales no válidas o discrepancias en los valores, es otro de los puntos críticos señalados por los gremios de contadores. Estos errores, que en ocasiones son resueltos tras múltiples intentos, generan una carga adicional de trabajo para los profesionales, quienes deben reprocesar y verificar los documentos para evitar problemas jurídicos y financieros a sus clientes.

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La implementación de la facturación electrónica ha traído consigo una serie de desafíos legales y tributarios, según argumentan los contadores. La anulación de facturas electrónicas mediante notas de crédito y la emisión de documentos electrónicos que no cumplen con los estándares establecidos por la DNIT, son solo algunos de los ejemplos que complican el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

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Ante esta situación, los contribuyentes deben tomar medidas urgentes para regularizar su situación antes de la fecha límite. La falta de acción podría resultar en sanciones significativas, afectando tanto a empresas como a individuos que no cumplan con los requisitos establecidos por la Resolución General N° 90/2021.

Fuente: ABC Color