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Sistema JUDISOFT vulnerado: actuaria imputada obtiene libertad ambulatoria (Parte 3)

La ex actuaria del Juzgado de Sentencia 21, Juliana Romero Maciel, imputada por la supuesta vulneración del sistema JUDISOFT con la modificación de la carátula de la causa “Ramón Mario González Daher sobre Testimonio Falso” obtuvo libertad ambulatoria.

La vulneración del sistema JUDISOFT que causara la modificación de la carátula del expediente de la causa “Ramón Mario González Daher sobre Testimonio Falso” a “Arnaldo Joel Duré sobre Estafa” derivó en la imputación de la entonces Actuaria del Juzgado de Sentencia 21, Abog. Juliana Romero Maciel, quien después de cuatro meses de prisión domiciliaria, obtuvo libertad ambulatoria luego de que su abogado, José Marcet Testa, solicitara la revisión de la medida cautelar de arresto domiciliario que pesaba en su contra.

Antecedentes del caso

La causa que inició hace casi 1 año se convirtió en una pesadilla para la abogada Juliana Romero Maciel, antigua funcionaria del Poder Judicial y ex actuaria del Juzgado Penal de Sentencia 21. Romero Maciel fue acusada de vulnerar el sistema JUDISOFT, modificando la carátula de la causa “Ramón Mario González Daher sobre Testimonio Falso”, siendo inmediatamente imputada y ordenada su reclusión.

Vicios en el procedimiento surgen desde el inicio y durante el proceso de la causa, vulnerando los derechos procesales de la afectada con la tergiversación de eventos que no sucedieron pero que quedaron registrados como ciertos.

Detalles sobre el caso fueron publicados por esta redacción en artículos anteriores aquí y aquí.

Reclamos y pruebas ignoradas durante el proceso

Para que la prisión preventiva pueda ser aplicada dentro del marco jurídico establecido, el imputado debe reunir algunas características para evitar la fuga y ser sometido al proceso. Juliana Romero Maciel demostró que en su caso no se cumplían dichas características y presentó todos los recaudos legales respaldados por documentaciones oficiales y certificadas al momento de la audiencia de imposición de medidas, a lo cual se sumaron documentaciones que probaban varias enfermedades de base como ser tumor en uno de los riñones, tumor en un brazo, aneurisma en el lóbulo frontal izquierdo, reemplazo total de cadera (lado izquierdo) y tratamiento psiquiátrico y psicológico a los cuales venía sometiéndose a raíz del inicio de la presente causa.

Sin embargo, el Juez Penal de Garantías José Delmás, ignoró las garantías procesales constitucionales y legales, ordenando la prisión preventiva de Romero Maciel por quince días en el Departamento Judicial Femenino de la Policía Nacional y, una vez firme y sin modificaciones, debía pasar a la penitenciaría de El Buen Pastor.

Esta resolución fue apelada por la defensa logrando que el Tribunal de Apelaciones la revocara después de once días de reclusión en el Departamento Judicial Femenino. Es así que Romero Maciel continuó su reclusión en su domicilio bajo la figura de arresto domiciliario.

Libertad Ambulatoria

En la audiencia de revisión de medidas, la defensa solicitó medidas alternativas al arresto domiciliario, específicamente medidas ambulatorias, argumentando que Romero Maciel demostraba suficiente arraigo en el país, además de no contar con antecedentes penales. En el mismo contexto, el abogado de la defensa, José Marcet Testa, recordó al Juzgado las diferentes enfermedades de base (dos tumores), como también el reemplazo total de cadera lado izquierdo, ANEURISMA en el lóbulo frontal izquierdo, una hija menor con quien vive la imputada, entre otros aspectos.

Además, señaló su trayectoria profesional como funcionaria del Poder Judicial con más de 20 años de antigüedad, un inmueble valuado por más de Gs. 500.000.000, un vehículo adquirido por más de Gs. 100.000.000, motivos por los cuales se ajustaba a derecho la aplicación de medidas menos gravosas al arresto domiciliario, sustituyéndolo por la libertad ambulatoria.

Es así que el 13 de agosto de 2024, el Tribunal dictó el A.I. Nº 686 por el cual resolvió hacer lugar al pedido de revisión de medidas y ordenó substituir el arresto domiciliario por la libertad ambulatoria de la ex actuaria Juliana Romero Maciel.