El caso de Sol Chávez, la joven fallecida por intoxicación con flúor en 2021, ha tomado un giro inesperado con la reciente decisión del Tribunal de Sentencia. Los magistrados Fabián Weisensee, Laura Ocampo y Cándida Fleitas han reducido significativamente las condenas de las principales acusadas, generando indignación entre los familiares de la víctima y cuestionamientos por parte de la fiscalía.
La odontóloga Lilia Graciela Espinoza recibió una condena de dos años de prisión, además de dos años y 6 meses de inhabilitación profesional. Por su parte, la química farmacéutica Sandra Hermosa fue sentenciada a 2 años de prisión sin restricciones para ejercer su profesión. Estas penas contrastan notablemente con la solicitud de la fiscal Teresita Torres, quien había pedido años de prisión y 5 años de inhabilitación profesional para ambas acusadas.
La decisión del tribunal representa una reducción considerable respecto a las condenas impuestas en agosto de 2023, cuando Espinoza y Hermosa recibieron cuatro y tres años de prisión respectivamente. Esta disminución de las penas ha sido recibida con desconcierto por parte de la familia Chávez, quienes esperaban un castigo más severo por la pérdida de su ser querido.
Durante los alegatos finales, la fiscal Torres destacó la negligencia de la odontóloga Espinoza, quien ignoró las advertencias de Sol Chávez sobre los síntomas de intoxicación. La representante del Ministerio Público señaló que la profesional priorizó la atención de otros pacientes, desestimando la gravedad de la situación de Sol, cuya intoxicación ya era irreversible en ese momento crítico.
Un aspecto crucial del caso es la rareza de este tipo de intoxicación. La fiscal enfatizó que la intoxicación por flúor es prácticamente desconocida en el ámbito médico, lo que dificultó su diagnóstico inmediato. Esta circunstancia, sin embargo, no exime de responsabilidad a las profesionales involucradas, quienes debieron actuar con mayor precaución al manejar sustancias potencialmente letales.
La fiscal también cuestionó la actitud de las acusadas posterior al incidente. Según Torres, ni Espinoza ni Hermosa mostraron arrepentimiento ni intentaron reparar el daño causado. Por el contrario, la odontóloga adoptó una postura “soberbia”, intentando desviar la responsabilidad hacia otros, incluyendo a los familiares de la víctima y al personal médico que la atendió posteriormente.
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Respecto a Sandra Hermosa, la fiscal subrayó su mayor grado de responsabilidad debido a su formación profesional y su posición como regente farmacéutica. Torres argumentó que Hermosa tenía la obligación de supervisar rigurosamente la preparación de fórmulas magistrales, un área que carece de los controles estrictos aplicados a medicamentos comerciales.
La reducción de las condenas plantea interrogantes sobre la percepción de la justicia en casos de negligencia médica en Paraguay. La familia Chávez, que buscaba un cierre a su “calvario” a través de una sentencia justa, se encuentra ahora frente a un resultado que consideran insatisfactorio, reavivando el debate sobre la responsabilidad profesional en el ámbito de la salud.
Fuentes: PDS Digital/El Observador
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