Defensoría del Pueblo busca agilizar objeción de conciencia al SMO

La Defensoría del Pueblo paraguaya presentó este martes una propuesta para modificar la Ley 4013 que regula la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio (SMO). El objetivo principal es eliminar los obstáculos burocráticos que actualmente dificultan el ejercicio de este derecho fundamental.

Según la Defensoría del Pueblo, la normativa vigente, promulgada en 2010, presenta “diversos obstáculos” para quienes desean acogerse a la objeción de conciencia.La actual ley coloca muchos condicionamientos, mucha burocracia, encarece los servicios públicos, afirmó Giselle Rivas, directora de la Dirección de Conciencia de la Defensoría.

Uno de los principales problemas radica en la figura del Consejo Nacional de Objeción de Conciencia, compuesto por el defensor del Pueblo, un senador y un diputado, un representante del Ministerio de Defensa y uno de los objetores. Este Consejo debe aprobar cada solicitud de objeción, lo que genera retrasos y dificultades para los interesados.

La propuesta de la Defensoría busca eliminar la necesidad de esta aprobación y establecer que la simple declaración de objeción de conciencia sea válida por sí misma. “Es una garantía constitucional que ninguna persona está obligada a declarar o ser cuestionada por sus convicciones, creencias o ideologías”, señaló Rivas.

Además de eliminar trámites burocráticos, la Defensoría también propone otras modificaciones, como la posibilidad de realizar el servicio sustitutivo en organizaciones de la sociedad civil y la reducción del tiempo mínimo de este servicio.

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En 2023, la Defensoría del Pueblo registró 994 objetores de conciencia al SMO. En lo que va del 2024, la cifra asciende a 200. La institución espera que las modificaciones propuestas agilizen el proceso y faciliten el ejercicio de este derecho a un mayor número de personas.

Las claves de la reforma:

  • Eliminación del Consejo Nacional de Objeción de Conciencia.
  • Validación automática de la declaración de objeción de conciencia.
  • Posibilidad de realizar el servicio sustitutivo en organizaciones de la sociedad civil.
  • Reducción del tiempo mínimo de servicio sustitutivo.

Se espera que las modificaciones propuestas por la Defensoría del Pueblo contribuyan a un ejercicio más ágil y efectivo del derecho a la objeción de conciencia al SMO en Paraguay.

Fuente: LN

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