En una controvertida decisión, el Instituto de Previsión Social (IPS) ha suspendido sin goce de sueldo a Guillermo Preda Galeano, uno de los funcionarios imputados por la presunta filtración de informes de inteligencia relacionados al expresidente Horacio Cartes. La medida, adoptada por el Consejo del IPS el pasado 23 de mayo, ha sido cuestionada por el abogado del afectado, quien denuncia una violación al derecho a la defensa.
Preda Galeano, un antiguo funcionario del IPS que se encontraba comisionado en la Secretaría de Prevención del Lavado de Dinero (Seprelad), ha sido procesado por la Fiscalía tras una denuncia presentada por el exmandatario. En respuesta a la suspensión, el implicado ha remitido una nota al presidente del IPS, Jorge Brítez, exigiendo su derecho a defenderse y solicitando la documentación que respalde los argumentos jurídicos de la medida.
El abogado Jorge Rolón Luna, representante legal de Preda Galeano, ha manifestado sus sospechas de que la resolución constituye una vendetta del gobierno actual contra su cliente, sugiriendo que se trataría de una orden emanada desde las altas esferas del poder. Según Rolón Luna, desde la asunción de Santiago Peña como presidente, se habrían buscado mecanismos para apartar a Preda Galeano de su cargo.
La Asesoría Jurídica del IPS ha emitido tres dictámenes sobre el caso, insistiendo en la viabilidad de la suspensión con base en el artículo 40 del estatuto del funcionario de la previsional. Sin embargo, el abogado cuestiona la constitucionalidad de dicho artículo, argumentando que vulnera la presunción de inocencia del imputado.
Rolón Luna ha denunciado que la Asesoría Jurídica ha incurrido en falsedades al afirmar que Preda Galeano contaba con requerimiento de prisión preventiva y se encontraba bajo arresto domiciliario. Además, ha subrayado la ausencia de un sumario administrativo, dado que no existió una falta grave o leve por parte del funcionario.
El letrado ha revelado un intercambio de notas entre el Consejo y la Asesoría Jurídica, en el que los integrantes del órgano colegiado cuestionaban la compatibilidad de la medida con la presunción de inocencia y la Convención Americana de Derechos Humanos, recibiendo respuestas evasivas por parte de la asesoría.
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Un caso similar había ocurrido anteriormente con una funcionaria del IPS, quien también fue suspendida sin goce de sueldo por encontrarse imputada. En aquella ocasión, la Justicia revirtió la resolución, considerando inaplicable el artículo 40 del estatuto.
Fuente: ABC Color
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