La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dio curso a la acción de inconstitucionalidad planteada por la ex senadora Kattya González contra la resolución que determinó su destitución de la Cámara de Senadores. Sin embargo, la máxima instancia judicial rechazó otorgar la medida cautelar solicitada para restituirla temporalmente en su banca mientras se estudia el fondo del recurso.
El pedido de medida cautelar tenía como objetivo permitir que González recuperara su escaño de manera inmediata hasta que se resolviera la acción de inconstitucionalidad interpuesta. No obstante, la Sala Constitucional determinó no acceder a esta solicitud.
La acción fue presentada por los abogados Juan Carlos Mendonca Bonnet y Robert Marcial González, hermano de la ex legisladora, quienes calificaron la destitución como inconstitucional, irregular y sin respetar las garantías elementales del debido proceso.
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Entre los cuestionamientos planteados, se señala que los senadores optaron por utilizar una mayoría simple para la destitución de González, a pesar de que meses antes habían elevado el número de votos requeridos a una mayoría absoluta para la remoción de un parlamentario, contraviniendo así su propio reglamento.
Corte da trámite a acción de inconstitucionalidad, pero rechaza pedido de reposición de Kattya González.
«En primer lugar, lo que se hizo no está mal, está bien. la Corte por un lado entendió que la presentación que realizamos reúne los requisitos y merece la atención de… pic.twitter.com/vYUZhQIs7P
— Monumental AM 1080 (@AM_1080) April 24, 2024
La Sala Constitucional, integrada por Gustavo Santander, César Diesel y el ex senador Víctor Ríos, podría solicitar que el caso sea estudiado por el pleno de la Corte Suprema, es decir, por los nueve ministros, considerando la relevancia del mismo.
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La destitución de Kattya González, una de las voces más críticas al Gobierno y al Partido Colorado, generó un fuerte repudio ciudadano, así como de organizaciones y sectores políticos, que interpretaron la medida como un intento de acallarla, ya que las conductas atribuidas a la legisladora podían haber derivado en una sanción y no en su destitución.
Fuente: Última Hora.