Política

Jurado de Enjuiciamiento esperará para actuar de oficio en caso de chats filtrados

Alicia Pucheta, presidenta del Jurado de Enjuiciamiento, afirma que esperarán el plazo legal para actuar en el caso de los chats filtrados entre el fiscal Cantero y Pedro Ovelar.

Presidenta del Jurado, Alicia Pucheta. El Observador.

La presidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), Alicia Pucheta, se refirió al caso de los chats filtrados entre el fiscal Aldo Cantero y el abogado Pedro Ovelar, afirmando que el organismo esperará el plazo establecido por ley para intervenir de oficio si otros estamentos, como la Cámara de Senadores, la Cámara de Diputados, la Fiscalía General del Estado y la Defensoría del Pueblo, no toman acciones antes.

Pucheta destacó que, en este momento, no puede hacer comentarios específicos sobre la situación debido a que el caso se encuentra en manos de la Fiscalía. Sin embargo, explicó el procedimiento que sigue el JEM en base al artículo 18 de su ley. Según dicho artículo, una persona que se siente afectada debe presentar una acusación por sí misma o a través de un apoderado.

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Si esto no ocurre, entonces se abre la oportunidad para que los senadores, diputados, el defensor del pueblo o el fiscal general del Estado presenten la acusación. Si ninguno de estos estamentos lo hace, después de diez días, el Jurado puede intervenir de oficio.

La presidenta del JEM subrayó que recientemente han sentado jurisprudencia en cuanto a los plazos para la intervención oficiosa del Jurado, una vez que se han eliminado las dos primeras etapas mencionadas. Ahora, el plazo comienza a partir del momento en que uno de los integrantes del Jurado pone en conocimiento de todos los demás la situación, lo cual se hace de manera pública y se filma.

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Pucheta enfatizó la importancia de contar con esta jurisprudencia, ya que antes no había criterios uniformes al respecto. Ahora, con este precedente establecido, se le informa al secretario y al actuario para que, considerando la situación y el plazo correspondiente, indiquen la fecha en que el Jurado puede intervenir. Esta decisión queda registrada en actas y debe realizarse en la sesión que corresponda.

Fuente: El Observador.