La resolución sobre el caso de la muerte del niño Renato en el sanatorio Migone en el año 2019 culminó con el sobreseimiento definitivo de tres médicos inicialmente procesados.
El fallo emergió ante la imposibilidad de establecer, más allá de la duda razonable, su implicación en actos de omisión de auxilio que habrían contribuido al trágico desenlace.
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El niño de apenas dos años, había sido ingresado al establecimiento sanitario por su madre y su niñera, presentando síntomas de fiebre y tos. La evolución de su estado de salud, sin embargo, derivó en un fatal desenlace, desencadenando acusaciones de negligencia hacia el personal médico a cargo.
La determinación judicial de exonerar a María de Fátima Bastos Ausfeld, José Manual Ovando y Óscar Feliciano Cabrera Román se sustentó en la insuficiencia de evidencias para continuar con el proceso penal. Se señaló que, a pesar de las investigaciones, no se logró determinar con precisión su participación en las supuestas irregularidades que culminaron en la muerte del menor.
Esta decisión también implicó la extinción de la acción penal iniciada contra estos profesionales de la salud, marcando un precedente en casos de supuesta negligencia médica. La Justicia, al optar por el principio de in dubio pro reo (en caso de duda, a favor del reo), priorizó la necesidad de pruebas contundentes para atribuir responsabilidad penal.
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Los familiares del niño habían denunciado lo que consideraban irregularidades en el tratamiento recibido por Renato al ser admitido en urgencias, apuntando a un deficiente profesionalismo médico y a la escasez de insumos básicos como factores contribuyentes a la tragedia.
Por su parte, Laura Sena, la médica pediatra que atendió a Renato, defendió su actuación y la del sanatorio, argumentando que el fallecimiento se debió a una combinación de cardiopatía preexistente y bronconeumonía, y no a un fallo en la prestación de servicios médicos. Esta posición contrasta con la percepción de negligencia atribuida por los allegados al menor.
Fuente: Última Hora.