La reciente resolución del Viceministerio de Transporte que actualiza sanciones a empresas de transporte público no establece exigencias sobre el cumplimiento de frecuencias mínimas de buses, a diferencia de anteriores reglamentaciones.
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El viceministro Guido Benza firmó la Resolución N° 7/24, que según el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones impone «sanciones más duras» a concesionarias que no brinden “servicio óptimo”.
No obstante, el documento solo considera como “falta grave” que en arterias principales la frecuencia sea menor a un bus por hora, aplicando una multa de G. 4.639.095. Para la Organización de Pasajeros esto es “ridículo”, ya que permite a empresas decidir intervalos según les convenga.
Además, la resolución no establece sanciones por incumplir prestación mínima en horarios pico, pese a que el transporte público es un servicio esencial. En 2021, ante amenaza de huelga, el VMT había fijado pasaje de buses cada 10 minutos en esos horarios.
Considerando que actualmente los usuarios reportan esperas de más de 2 horas, la nueva reglamentación no lograría mejorar la situación. Se requeriría mayor rigor para que las empresas cumplan con frecuencias adecuadas a la demanda de pasajeros.
Fuente: ABC Color
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