En una acción que subraya la operatividad de nuestro sistema judicial, el abogado Víctor Javier Sosa da Costa, de 55 años, fue detenido en una concurrida calle de Fernando de la Mora.
La detención, llevada a cabo por agentes de la Policía Nacional, tuvo lugar en la mañana del miércoles, cuando Sosa da Costa caminaba por la intersección de las calles Ángel Torres y 23 de Octubre.
La detención es la culminación de un proceso legal que se extendió por varios años, enfocado en un caso que generó considerable atención pública debido a la gravedad de los hechos de violencia familiar imputados.
La captura del letrado se ejecutó bajo una orden judicial emitida por la jueza de ejecución penal Silvana Raquel Luraghi. Con esta medida, Sosa da Costa fue remitido al Departamento Judiciales de la Policía Nacional y deberá iniciar el cumplimiento de su condena de tres años de prisión.
En el momento de su aprehensión, se informó a Sosa da Costa sobre sus derechos constitucionales, asegurándole la comunicación libre y el debido proceso.
Según el artículo 12 de la Constitución Nacional, su presentación ante el juzgado correspondiente debe ser efectuada en menos de 24 horas, garantizando así la transparencia y celeridad del procedimiento judicial.
La agente del Ministerio Público Teresita Torres Molas, fiscala de la causa, se mantuvo al frente de este proceso, representando la acusación en un caso que despertó un profundo interés por las implicaciones sociales que conlleva.
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El caso contra Sosa da Costa transitó por diversas etapas del sistema de justicia penal, culminando con la ratificación de la condena por parte de la Sala Penal de la Corte. Dicha confirmación vino tras el rechazo del recurso extraordinario de casación interpuesto por el abogado Ricardo Preda del Puerto, defensor de Sosa da Costa.
Los ministros de la Corte de la Sala Penal, Manuel Ramírez Candia, María Carolina Llanes y Luis María Benítez Riera, se pronunciaron en contra de la casación, afirmando así la decisión del Tribunal de Apelación en lo Penal de la Circunscripción Judicial de Central y del Tribunal de Sentencia colegiado.
El fallo se sustenta en el Artículo 229 del Código Penal, modificado por la Ley Nº 5378/14, que tipifica el hecho punible de violencia familiar, del cual Sosa da Costa fue encontrado autor.
Durante el juicio oral, el Tribunal de Sentencia, compuesto por los jueces Liz María Ramírez, Javier Sapena y Miguel Ruiz, logró establecer, de manera unánime, la culpabilidad del abogado.
El relato de la víctima y los documentos probatorios presentados en la audiencia reflejaron un patrón de violencia física y psicológica. La víctima detalló episodios de agresión, amedrentamiento y menosprecio, los cuales se remontan a cuando ella era adolescente, describiendo un ambiente de control excesivo y un menoscabo constante de su dignidad y autoestima.
El diagnóstico médico del Hospital Distrital de Lambaré corrobora estas afirmaciones, documentando lesiones físicas que evidencian la agresión sufrida por la víctima.
Fuente: ABC.
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