Tras una espera de cuatro años desde la promulgación de la ley en setiembre de 2017, finalmente fue emitido el decreto 466 que reglamenta el uso de tobilleras, pulseras u otros dispositivos electrónicos de control.
Estos dispositivos están diseñados para monitorear a individuos que están bajo arresto domiciliario o tienen órdenes de restricción.
Los dispositivos permitirán una identificación unívoca de los usuarios y las víctimas, además de proporcionar datos georreferenciales en tiempo real.
Una Oficina de Monitoreo, dependiente del Ministerio del Interior, será la encargada de supervisar la información de ubicación geográfica de los usuarios.
También se establecerán protocolos para actuar en casos de pérdida de señal del dispositivo.
El Ministerio del Interior será el responsable de los gastos de instalación, mantenimiento y utilización de estos dispositivos electrónicos.
El decreto también autoriza la asignación de fondos y ajustes presupuestarios necesarios para la implementación efectiva de esta ley.
Fuente: ABC.
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