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Elevan a siete años condena de Justo Cárdenas

Justo Cárdenas, extitular del Indert, enfrenta una condena de siete años por enriquecimiento ilícito y lavado de dinero en un sorprendente cambio de sentencia.

Justo Cárdenas. Foto: ABC.

Un giro impactante en el caso del extitular del Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), Justo Pastor Cárdenas Nunes, sacudió los tribunales de Paraguay.

Un Tribunal de Sentencia aumentó su condena a siete años de prisión por cargos de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.

Este segundo juicio, diseñado para determinar la pena, dejó perplejos a muchos, ya que la Fiscalía inicialmente buscaba 11 años tras las rejas para el ex alto funcionario.

Condena ampliada por consenso

La determinación de la pena se llevó a cabo por unanimidad, con un colegiado de sentencia que coincidió en que siete años de prisión eran adecuados para Justo Cárdenas.

Esto representa un cambio drástico desde su condena inicial de cuatro años de cárcel, impuesta por un Tribunal de Sentencia diferente en el primer juicio oral.

El Tribunal de Sentencia que emitió la nueva sentencia estuvo presidido por el juez Juan Carlos Zárate Pastor y conformado por las magistradas Yolanda Portillo y María Fernanda García de Zuñiga.

Una saga legal en evolución

Cabe destacar que esta condena aumentada es el resultado de una apelación tras la sentencia inicial.

La fiscal Natalia Fúster, de la Unidad de Delitos Económicos y Anticorrupción, impugnó la sentencia inicial y el Tribunal de Apelación, integrado en ese momento por los ahora ministros de la Corte Gustavo Santander Dans, el jubilado Pedro Mayor Martínez y el actual fiscal general del Estado Emiliano Rolón Fernández, ordenó revisar y aumentar la pena.

Argumentaron que en el primer juicio no se aplicó el marco penal adecuado a la situación jurídica de Cárdenas.

Sentencia más severa en un segundo juicio

En el segundo juicio, que se centró exclusivamente en determinar la pena, la Fiscalía mantuvo su solicitud de 11 años de prisión para el extitular del Indert. Esto se basó en la creencia de que el marco penal por el concurso de ambos delitos permitía una pena de hasta 15 años de privación de libertad.