Curiosamente, los cuatro miembros del Consejo de Administración (José Antonio Caballero Bobadilla, Miguel Oro, Ángel Chamorro y Xavier Hamuy) a pedido de la Fiscalía fueron sobreseídos, quedando solamente procesado el eslabón jerárquico mas débil, el Gerente General, César Rodrigo Amarilla.
El Tribunal de Sentencia se encuentra integrado por Víctor Manuel Medina Silva (presidente), Olga Elizabeth Ruiz González e Inés Galarza Careaga. El colegiado debía llevar adelante el juicio oral y público por el conocido caso como “Karakú” (N° 13/2017), en el cual se investiga una presunta lesión de confianza.
Los procesados en este caso inicialmente fueron el presidente de la Caja Bancaria José Antonio Caballero, presidente del ente, además de los miembros del consejo directivo, Miguel Ramón Oro, Xavier Hamuy Campos Cervera, Ángel Ramón Chamorro y el Gerente General Cesar Rodrigo Amarilla. El único que sigue procesado es el Gerente General.
La recusación, por parte de la querella adhesiva, fue efectuada porque no existe confianza en dicho tribunal (desconfianza absoluta), ante señales de parcialidad inequívocas a favor de la parte acusada.
Además, se solicitó la conformación de un nuevo colegiado especializado para llevar adelante el juicio oral, en el caso que ya lleva varios años.
ANTECEDENTES
El caso comenzó a trascender en 2017, cuando un informe de auditoría que fue elaborado a través de una pesquisa interna dio cuenta de varias irregularidades que fueron denunciadas ante la Fiscalía.
Se cita que en “81 operaciones realizadas por la empresa Karaku S.R.L. con algunos jubilados por un monto de Gs. 14.000.000.000 (Guaraníes catorce mil millones), a quienes libraban cheques, que no eran previamente confirmados, para cancelar sus deudas con la Caja y se les otorgaba nuevos préstamos con tasas muy bajas, en un tiempo récord ‘rompiendo toda regla de control interno implementado en la Caja’”. Dicha SRL fue creado con un capital de apenas Gs 4.000.000.- y no estaba habilitado por el Banco Central del Paraguay para realizar operaciones crediticias.
El informe refiere que lo indicado resultó en “la cancelación de créditos a través de la firma Karaku S.R.L., por G. 14.000 millones (USD 2,5 millones), le redituó a esta firma G. 700.000.000 (guaraníes setecientos millones) en concepto de comisión”.
Las operaciones realizadas según la Superintendencia de Bancos, configuraban refinanciaciones de préstamos vencidos que estaban a una tasa muy superior al de la nueva tasa a las que eran refinanciadas, con el consecuente perjuicio al patrimonio de la Caja Bancaria.
Según se expone en el escrito de la recusación, los miembros del Tribunal de Sentencia en todo momento demostraron favoritismo para con la parte acusada rechazando o desoyendo pruebas fundamentales presentadas y mencionadas por la querella adhesiva, con testigos calificados, informes de entes contralores y auditorías practicadas.
El monto del Perjuicio Patrimonial para la Caja Bancaria fue de una suma superior a los 3.000 millones de guaraníes, según la Fiscalía.