El hecho investigado ocurrió el pasado 7 de agosto, alrededor de las 19:00 en el interior de la vivienda de una mujer identificada como Amalia Villamayor.
El hombre, Amalio Roberto Arévalos González, fue sindicado de haber pateado a un perro caniche de dos años, llamado Osi.
Tras lo ocurrido, la propietaria del can lo llevó hasta una veterinaria para ser inspeccionado.
Posteriormente, la mascota ingresó a la clínica con una hemorragia bucal y con dificultad respiratoria. Se le realizó una vía permeable a fin de estabilizarlo, y en la inspección se corroboró una inflamación a nivel de las arterias que irrigaron la zona sublingual y la ruptura de una de ellas, generado una hemorragia de alto grado, producto de un golpe fuerte.
Luego, el can se descompensó a consecuencia de las múltiples fallas orgánicas desencadenadas por la hemorragia.
Indicaron que sufrió dos paros en intervalos de 20 minutos, detallando que del último ya no respondió a los trabajos de reanimación.
El veterinario interviniente decretó shock hipovolémico como causa de muerte, informó el Ministerio Público.
Referente al Bienestar Animal, la Ley 5.892/17, que modifica la Ley 4.840/13, en su artículo 38 refiere lo siguiente: “Las conductas contempladas en la presente Ley, como infracciones muy graves, serán de acción penal pública y castigadas con pena privativa de libertad de hasta 2 años o con multa, y en caso de que el animal doméstico considerado mascota resultare muerto, la prohibición de adquirir o poseer otras mascotas, por un plazo que podrá ser de hasta 10 años”.
En ese contexto, el fiscal Takahashi ordenó que sea aplicada la medida alternativa de arresto domiciliario para el hombre implicado en el hecho punible citado anteriormente.
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