Indicaron que queda liberado de esta limitación, el transporte de cargas nacional e internacional que deberá seguir operando para asegurar las provisiones.
La medida alcanza a empresas del transporte que prestan servicio de corta, media y larga distancia, informó la Dinatran a través de su cuenta de Twitter.
La Resolución establece que desde las 00:00 horas del lunes 27 de abril hasta las 23:59 del domingo 03 de mayo de 2020 no podrá circular ninguna empresa habilitada por la Dinatran.
Una vez vencido el plazo establecido en la presente resolución, los sujetos obligados deberán retomar las actividades, en las formas que la Dirección Nacional de Transporte, siempre que el Poder Ejecutivo no disponga lo contrario, reportó la Agencia IP.
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