El decreto en cuestión fue dado a conocer al final de la tarde de este jueves, por el Poder Ejecutivo. En el documento se señala que sus disposiciones corren desde el 13 al 19 de abril.
El texto y las cuestiones impuestas son similares al decreto anterior, sin embargo agrega una cuestión muy importante en cuanto al tránsito de vehículos.
El Artículo 3ero explica cómo se desarrollará el control de las chapas. En ese sentido expresa lo siguiente:
De los vehículos afectados al servicio de las causales comprendidas en las excepciones previstas en el Artículo 2do del presente decreto, solo podrán transitar aquellos con chapas con terminación de número impar los días lunes, miércoles, viernes y domingos, y los vehículos con chapas con terminación en número par los días martes, jueves y sábado, del periodo fijado en el presente decreto; con excepción del transporte público de pasajeros, carga, y todos los vehículos al servicio del sector público y el inciso 1) del citado artículo.
Sobre el punto, el ministro Federico González dijo a Telefuturo que habrá una aclaración sobre la disposición.
Además se establece como horario excepcional para las instituciones del Poder Ejecutivo de 9:00 a 14:00. Los entes tendrán que trabajar con el mínimo de funcionarios.
Los detalles abajo.
[AHORA] #CoronavirusPy «Se informará sobre las chapas en las próximas horas, habrán excepciones, de igual manera, es para evitar la circulación masiva y evitar la propagación del virus», ministro Federico González.#ABCTVPy – https://t.co/M0oxvUfs85#QuedateEnCasa pic.twitter.com/bLLlNIALjD
— ABC TV Paraguay (@ABCTVpy) April 9, 2020