La defensa del expresidente de la APF y la Conmebol se encuentra en una cárcel de Miami y sus abogados aseguran que su vida corre riesgo ante la pandemia de coronavirus, que está causando estragos en Estados Unidos.
Juan Ángel fue condenado en diciembre 2017 por dos cargos de fraude electrónico y un cargo de conspiración, y absuelto de dos cargos de lavado de dinero, condenado a nueve años de prisión, estando dicha sentencia en apelación.
El Covid-19 mata fundamentalmente a las personas de mayor edad. En Paraguay, cuatro de los cinco fallecidos tenían alrededor de los 61 años o menos.
En caso de que Napout contraiga la enfermedad, indican que no va a tener acceso a los servicios de salud, porque los hospitales no dan abasto.
Refieren que dejarlo allí es privarle de su derecho a proteger su vida, previniendo el contagio de la enfermedad.
Estados Unidos atraviesa en la actualidad uno de los peores escenarios de contagio y muerte en el mundo. Comparativamente sus estadísticas son más preocupantes incluso que Italia.
La tendencia de muertes por día tiene comportamiento de crecimiento exponencial. En un solo día se registraron más de 1.300 (el máximo de Italia no llegó a 1.000)
En altas esferas gubernamentales de los EE.UU., se analizó el riesgo de las condiciones de detención; y ya se están aplicando medidas para que las personas en riesgo puedan tener prisión domiciliaria u otras alternativas de menor riesgo.
Jose Maria Marín, expresidente de la CBF y miembro de varias comisiones permanentes de FIFA durante casi cuatro años, que incluso fue condenado por más delitos que el paraguayo (también condenado por lavado de dinero), ya fue beneficiado con esta medida y guarda reclusión en su hogar.
Es evidente que no todas las personas privadas de libertad pueden o podrían tener derecho o acceso a este tipo de medidas alternativas, los abogados defensores de Juan Ángel presentaron los siguientes argumentos de respaldo jurídico:
-Juan Ángel Napout cumple 62 años este mayo, según las estadísticas médicas del mundo es un paciente de alto riesgo en caso de contraer Covid-19.
-Hasta el momento ha cumplido 28 meses de su sentencia de prisión (más casi tres años de prisión domiciliaria mientras duraba el juicio), con un comportamiento excepcional sin sanciones disciplinarias en su contra, y puede ser catalogado como un prisionero no violento.
-El delito por el cual fue condenado es un hecho cuya base es de contenido patrimonial, calificado como de escasa peligrosidad como patrón de riesgo para la sociedad; es decir, el condenado no representa peligro para la sociedad.
-La condena fue impuesta por una única y primera ofensa contra las leyes del país; y no tiene antecedentes penales, ni policiales en otro país del mundo que pueda reclamar su extradición o sometimiento judicial.
-Siendo un delito primordialmente de índole patrimonial, el condenado ha pagado todas las multas que le fueron impuestas, honorarios y costas, más la restitución al gobierno fiscal de los Estados Unidos. No teniendo en el presente ninguna otra deuda u obligación económica que saldar en este país.
-El señor Napout tiene una residencia en Miami, FL, donde puede ser restringido de movilidad ambulatoria, y sometido a controles policiales, como ya lo ha hecho en una ocasión anterior en éste mismo caso judicial. Si se da esta disposición ya no será una carga para la sociedad, ya que su familia podrá hacerse cargo de su manutención.
Por lo motivos expresados anteriormente, los abogados del exdirigente consideran razonable el pedido que se realiza, atendiendo además que, con su exclusión del régimen de prisión en su país, no sólo liberaría espacio en el establecimiento correccional, sino que también se reduciría la posibilidad de transmisión del virus, y con ello, la de poner en riesgo su vida y de los demás condenados; y, por último, se eliminaría la carga financiera de su cuidado y manutención al contribuyente estadounidense.