El Ministro de Salud firmó la resolución que establece normativas para controlar la utilización de dispositivos utilizados para fumar. Menores de edad no podrán acceder a vapeadores.
El Ministerio de Salud con la intención de regular el uso de los vapeadores electrónicos y de este modo controlar el índice de tabaquismo en el país, estableció reglas para la comercialización y uso de estos dispositivos.
La cartera sanitaria afirma que los cigarrillos electrónicos, vapeadores, vaporeadores y cualquier Sistema Electrónico de Administración de Nicotina (SEAN) y Sistema Similar sin Nicotina (SSSN) constituyen posibles vías que conducen a la iniciación en el tabaquismo.
La resolución firmada por el ministro Julio Mazzoleni señala que queda prohibida la venta y distribución de los dispositivos y sustancias de los sistemas electrónicos SEAN/SSSN a los menores de 18 años de edad.
Tampoco está permitido fumar electrónicamente, vapear, vaporear o utilizar otro SEAN y SSSN en lugares cerrados, solamente en zonas abiertas.
Menciona además que los locales que importan, exportan, elaboran, distribuyen o comercializan dichos productos deberán estar habilitados por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS). Estos artefactos también deben estar registrados en dicha dependencia.
“La venta de cigarrillos electrónicos, vapeador, vaporeador y cualquier otro SEAN/SSSN y sustancias utilizadas con los mismos deberá realizarse, exclusivamente, en lugares y puntos de venta de los establecimientos habilitados por la DNVS”, indica el documento.
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