El Acta de Imputación Número 40 de fecha 22 de noviembre de 2019, emitida por la fiscala Stella Mary Cano de Woitas, formula imputación contra el presidente de la Caja Bancaria José Antonio Caballero Bobadilla y los miembros del Consejo de Administración, ellos son: Ángel Ramón Chamorro Ortiz, Miguel Ramón Oro Domínguez y Xavier Hamuy Campos Cervera. Todos soportan proceso por el hecho punible de lesión de confianza.
La denuncia fue formulada por el Jubilado Bancario Isidoro Colmán Moreno, sustentado en una serie de actos y hechos irregulares que habían sido detectado, comprobados e informados por escrito a la Caja Bancaria por distintos entes de control, incluyendo a la Auditoria Interna de la misma Caja Bancaria.
Actualmente, la Caja Bancaria y las mismas autoridades, hoy imputadas por la Justicia, se encuentran sometidas a la instrucción de un sumario administrativo por supuestas irregularidades denunciadas en un reciente escrito de fecha 14 de octubre de 2019 emitido por la Superintendencia de Bancos, del Banco Central del Paraguay (BCP).
La Fiscalía considera que existen suficientes elementos de convicción con relación a los mencionados anteriormente, para sostener razonablemente que participaron en hechos denunciados y que fueron partícipes en la supuesta comisión del hecho punible de lesión de confianza, previsto y penado por el Código Penal al estar reunidos los presupuestos fácticos requeridos para abrir la investigación conforme a lo previsto por el Articulo 192 del citado código en concordancia con el Art. 29 inciso 2 del mismo cuerpo legal.
En una parte del documento se expresa que el presidente y los miembros del consejo “desde el momento que asumieron el cargo, habrían incurrido en numerosos hechos y actos administrativos irregulares que, en la mayoría de los casos constituyeron observación, denuncias y puntos concretamente señalados bajo advertencia por parte de entes contralores”.
Tanto Caballero, como los demás, ya habían soportado un proceso, que está pendiente de resolución, por lesión de confianza en el caso conocido como “Karaku”.
Los detalles en el documento de abajo:
Medidas
La Fiscalía solicita un plazo de 6 (seis) meses para presentar el escrito de acusación u otro acto conclusivo respecto a la causa.
Entre las medidas cautelares a ser impuestas a los imputados, el Ministerio Publico peticiona:
1. La prohibición de ingreso a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Bancos y Afines y a todas sus dependencias.
2. La obligación de presentarse periódicamente ante el Juez o ante la autoridad que se designe.
3. La prohibición de salida del país, de la localidad en la cual reside o del ámbito territorial que fije el Juez.
4. Prestación de una caución real.