10 datos sobre las prohibiciones en el uso del vapeador

7. No se podrá usar cerca de instituciones públicas

Via eldiario.es

En el Art. 6, el proyecto de ley marca puntualmente que el vapeador no podrá ser utilizado o vendido en aquellos lugares que se encuentren en un radio de 100 metros de distancia de establecimiento educativos, deportivos y de salud, ya sean públicos o privados.

“La distancia se medirá desde cada puerta de acceso a los respectivos establecimientos, por aceras, calles y espacios públicos”, refiere el documento.