1. No hubo uso indebido de influencias
Para Ovelar, no hubo uso de influencias fehacientemente comprobado para echar al legislador, como dicta la Constitución Nacional, en su artículo 201.
“Que al haber dos versiones en estos casos y al no ser un uso indebido fehacientemente comprobado, porque el audio muestra fragmentos, no la totalidad”, soltó en su argumentación.
Afirmó que la Justicia debía entrar a tallar en el asunto para determinar qué ocurrió.
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