En el año 2016, la teniente Carmen Quinteros fue procesada por calumnia contra el entonces comandante de la armada, Hugo Milciades Scolari Pagliaro. Aunque las autoridades militares lo niegan, la razón sería que la uniformada pidió a sus superiores que reconsideren la orden de realizar guardias de 24 horas, ya que por aquel entonces aún debía amamantar a su bebé que solo consumía leche materna.
No obstante, el proceso siguió y en el 2019 Quinteros fue sentenciada a 45 días de arresto. El caso sigue siendo investigado y aún genera una gran polémica entre la ciudadanía.
A continuación, conozca 11 datos sobre la historia de este comentado caso.
En 2016, la teniente de las FF.AA., Carmen Quinteros, fue sumariada por dos tipos penales militares: “falta contra la disciplina militar” y “calumnia”. Aparentemente, la sanción por parte de las autoridades se debe a que solicitó en noviembre de ese año una reconsideración de su traslado para poder amamantar a su bebé.
Según explicó el abogado de Quinteros, Carlos Mendoza, la mujer solicitó volver a su oficina anterior, ya que allí podía amamantar a su bebé y en el lugar actual no podía hacerlo por las extensas guardias y la distancia con su residencia.
Cabe destacar que el permiso solicitado para evitar las guardias de 24 horas solo es por el periodo de lactancia y una jueza del menor se lo otorgó, aunque ese fallo no fue cumplido.
A dos años de comenzar el proceso, finalmente la teniente Quinteros fue sentenciada a cumplir un arresto de 45 días por falta contra la disciplina militar, según acuerdo y sentencia de la Corte Suprema de Justicia, la cual confirmó una condena de la Suprema Corte de Justicia Militar (Sucorjumil).
Además, la militar tuvo que retractarse públicamente por las supuestas ofensas contra el entonces jefe de la Armada, almirante Hugo Scolari Pagliaro.
En un comunicado, la ministra Miryam Peña Candia -quien dio el voto definitivo para sentenciar a Quinteros- salió al paso de las críticas y aseveró que “jamás fue estudiado, ni debatido ni cuestionado el derecho de lactancia que por imperio de la Constitución Nacional le corresponde a la recurrente”.
Asimismo, explicó que la sanción que recibió la teniente “no tiene nada que ver con su derecho de lactancia, que no fue negado ni cuestionado, ni motivó los agravios de la teniente en contra de la sanción impuesta a la misma, por la falta militar establecida en el artículo 299 inciso h del Código Penal Militar”.
En conversación con la prensa, el abogado Mendoza consideró que la decisión de la Corte Suprema de Justicia contra su defendida “salió muy a contramano, muy inoportuna”, ya que la mujer había conseguido varios logros en su lucha por el derecho a la lactancia de su hijo, protegido por la misma Constitución. Quinteros recibió además el apoyo de la Fiscalía, de la Defensoría del Pueblo y de la ciudadanía, según sus expresiones.
El letrado comentó además que no se explica cómo la ministra Miryam Peña votó a favor del castigo a Quinteros, ya que ella misma autorizó la habilitación de una sala de lactancia en la Facultad de Derecho UNA.
Mendoza concluyó que la Corte basó la sentencia “en cuestiones formales” porque “posiblemente no vieron el fondo de la cuestión, porque fueron muy formalistas”.
Ante la ola de críticas que recibió la sentencia a Quinteros, el Ministerio de la Niñez y la Adolescencia se propuso intervenir en el caso para evitar que la militar cumpla la sentencia de 45 días de arresto.
La ministra Teresa Martínez expresó que el polémico fallo de la Corte muestra “una realidad nacional muy triste” y no respeta el cumplimiento de la Ley N° 5508 de Promoción, protección de la maternidad y apoyo a la lactancia materna.
“Esta mujer, si bien está alistada en las fuerzas militares que tiene sus leyes y su disciplina; nada, absolutamente nada, está por encima del derecho del niño a percibir la lactancia materna”, afirmó la ministra.
“Este hecho deja un precedente muy malo, razón que nos obliga a trabajar con todas las autoridades en materia de lactancia materna. Como Ministerio de la Niñez y la Adolescencia leeremos la resolución y actuaremos en consecuencia”, aseveró.
Además de organizaciones sociales y usuarios en las redes sociales que expresaron su descontento con esta medida, varias figuras del Congreso de manifestaron a favor de la militar sentenciada.
Fue el caso de la diputada Del Pilar Medina, presidenta de la Comisión de Equidad y Género de la Cámara Baja, quien en conversación con la prensa expresó su desacuerdo con la sentencia a la madre militar.
«Es como si fuera que vivimos un mundo diferente, la realidad nacional nuestra con los militares, porque ellos sí tienen dentro de sus familias a mujeres. La ley, en tema de maternidad, tiene que ser igual y vemos un Tribunal de Justicia Militar que dictamina favorable para el arresto de esta mujer, que solamente luchó por su derecho y por el derecho de su hijo», expresó indignada.
«Para mí, la teniente Quinteros es una heroína, porque luchó por la vida de su bebé y hoy está en prisión por luchar por los derechos de su hijo. Creo que deberíamos mediatizar, denunciar y demostrar nosotras las mujeres la indignación a favor de ella, solidarizarnos», concluyó la legisladora.
Nilda Romero, titular del Ministerio de la Mujer, aseguró que es posible lograr que se levante la sanción contra la teniente Carmen Riveros, si se llega a un acuerdo con el actual comandante de la Armada Nacional (Carlos Dionisio Velázquez, hermano del vicepresidente Hugo Velázquez).
Asimismo, Romero dijo que su institución emitió un manifiesto en el que analizaron la sentencia y llegaron a la conclusión de que “si bien lo resuelto no tocó el tema de la lactancia materna y esa situación, se aceptó un reclamo que hizo la militar en su momento oportuno y que guardaba relación con el derecho a la lactancia”. Por esta razón considera que “se tiene que precautelar en estas situaciones el derecho que tiene la madre y el niño a la lactancia materna”.
Para dar una solución al polémico caso, la ministra pedirá una audiencia con el comandante de la Armada, para solicitarle que se considere dejar sin efecto la sanción establecida en la sentencia contra la uniformada.
Debido a la polémica sentencia por parte de la Suprema Corte de Justicia Militar -y ratificada por la Corte Suprema de Justicia- Carmen Quinteros buscará una sentencia favorable en instancias internacionales, según detalló su abogado.
Mendoza afirmó que durante todo el proceso que comenzó en noviembre de 2016, los derechos del niño ya fueron vulnerados porque no le permitieron al pequeño alimentarse correctamente.
“Estábamos confiados de que iba a salir favorable (…) es absurdo aplicar una sanción de esa naturaleza”, afirmó el jurista.
Por esa razón, la teniente está analizando con sus familiares “la forma de reclamar a los estados internacionales si es que hay alguna lesión a los derechos del niño”, expresó Mendoza.
En el capítulo II, Artículo 14, la ley establece que: “Se concederá a las madres trabajadoras, un permiso al día de 90 (noventa) minutos para amamantar a sus hijos durante los primeros 6 (seis) meses, los cuales podrán ser usufructuados por la madre, de la forma en que ella estime conveniente, en función a las necesidades del niño”.
De igual forma determina que “el empleador dará el tiempo necesario a la madre trabajadora en su empleo, para realizar la extracción de la leche materna, para lo cual brindará las condiciones necesarias y contará con una sala de lactancia”.
Tras la polémica por la sentencia a la teniente de Fragata, el presidente Mario Abdo Benítez informó que su equipo hizo las averiguaciones del caso, no obstante, nada puede hacer para dejar sin efecto el arresto de 45 días que debe cumplir la uniformada.
“Todos los asesores jurídicos de Presidencia me dijeron que no está dentro de nuestra atribución porque es una sentencia de la Corte”, alegó sobre el fallo.
Asimismo, dijo que de acuerdo a las normativas él no puede interferir en un proceso judicial. “No puedo ir en contra de la ley”, afirmó el jefe del Ejecutivo.
Por su parte, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en Paraguay se pronunció ante la sentencia contra Carmen Quinteros que días atrás fue ratificada en la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
El organismo internacional señaló que Paraguay, por ley, establece la promoción, protección y apoyo, tanto a la maternidad como a la lactancia materna de manera exclusiva hasta los seis meses de vida.
De igual forma la ONU reconoció el trabajo emprendido por el Ministerio de la Niñez y la Adolescencia para garantizar el derecho a la lactancia, aunque instó al Estado a hacer efectiva la medida en todos los ámbitos.
«El Comité sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, en el 2010, alentó a Paraguay a redoblar sus esfuerzos para promover la lactancia materna, proporcionando información en particular a las adolescentes», refiere el comunicado.
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