Mendoza explicó, en comunicación con la 1080 AM, que las personas de 26 a 50 años que no hayan realizado el servicio militar deberán pagar una multa de G. 162 mil anual, por ocho años.
“La ley reza que todo ciudadano que no haya cumplido con el SMO o el servicio sustitutivo de la objeción de conciencia deberá abonar, dos jornales mínimos por año”, sostuvo. Asimismo precisó que no es salario, sino que es jornal.
Además mencionó que los que tienen su libreta de conciencia no tendrán ningún inconveniente y se les exonera el pago de tasa.
“La multa es solo para los que no realizaron su objeción de conciencia o el servicio militar”, refirió.
Detalló que las personas que se casan no son pasibles de cumplir el servicio militar, ni el sustitutivo.
Sin embargo acotó que deben solicitar su baja, presentando su libreta de matrimonio para ser exonerados.
Así también puntualizó que es necesario que todas las instituciones públicas y privadas deben pedir a sus funcionarios la libreta del cumplimiento de la ley N° 569 o el certificado de la objeción de conciencia de su cumplimento.
Finalmente aclaró que no se harán controles por las calles para determinar si efectivamente efectuaron su objeción de conciencia o servicio.
La multa para los que no reúnan los requisitos mencionados deberán abonar G. 162.504 por ocho años, totalizando unos G. 1.300.000.
El asesor instó a todos los ciudadanos a regularizar los documentos.
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